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Observación TYGlobe | Métodos de protección y gestión de secretos comerciales

Fecha de publicación:2024-02-05 09:27:51

Los secretos comerciales constituyen la base de la competitividad esencial de las empresas de semiconductores, pero la prestación de una protección de alta calidad al respecto debe ser realizada por las propias empresas a través de sus mecanismos de gestión interna. La forma de establecer adecuadamente dicho mecanismo de gestión y protección es un asunto que merece la reflexión profunda y la posterior implementación por parte de todas las empresas.

El Artículo 9 de la Ley de la República Popular China contra la Competencia Desleal establece en primer lugar que ninguna persona podrá cometer actos de infracción de secretos comerciales, entre los que se incluyen:

(1) Obtener secretos comerciales por robo, cohecho, engaño, coacción, intrusión informática u otros medios impropios;

(2) Divulgar, utilizar o permitir que terceros utilicen los secretos comerciales obtenidos por los medios mencionados en el apartado anterior.

(3) Divulgar, utilizar o permitir a terceros utilizar los secretos comerciales, en violación de la obligación de confidencialidad o de los requisitos de conservación de secretos comerciales;

(4) Instigar, inducir o auxiliar a otros a incumplir la obligación de confidencialidad para obtener, divulgar, utilizar o permitir a otros utilizar los secretos comerciales del titular de los derechos;

(5) Aquel que sabe a ciencia cierta o debe saber que los empleados, ex empleados del titular del secreto empresarial, otras unidades o particulares cometen actos de infracción del secreto empresarial, aún así adquiere, divulga, utiliza o autoriza a terceros a utilizar dicho secreto empresarial.

Este artículo también define el secreto comercial como «información comercial como la información tecnológica y la información operativa que no es conocida por el público, posee valor comercial y respecto a la cual el titular del derecho ha adoptado las medidas de confidencialidad correspondientes». Es decir, además de exigir que cuente con carácter confidencial y valor, también se requiere que el propio titular del derecho haya adoptado medidas de confidencialidad. Por regla general, el titular del derecho del secreto comercial puede adoptar medidas desde diversos ámbitos para proteger adecuadamente sus secretos comerciales, de modo que la parte que infrinja las disposiciones legales deba asumir la responsabilidad legal correspondiente:

(1) Se adoptarán medidas de protección de carácter físico, técnico y de otra índole para evitar la obtención por medios indebidos como el robo y la intrusión.

(2) Firmar con terceros el acuerdo de confidencialidad adecuado, en el que se estipulen las obligaciones y requisitos de confidencialidad correspondientes.

(3) Se deberá implementar la gestión y educación correspondientes a los empleados, y exigirles claramente que asuman las responsabilidades legales pertinentes. En caso de no adoptar las medidas de confidencialidad relevantes, es posible que la información correspondiente deje de ser reconocida legalmente como secreto comercial y no pueda gozar de protección legal.

El sistema de gestión de confidencialidad interna de las empresas puede iniciarse en primer lugar por la identificación clara de los lugares de trabajo, los objetos sujetos a régimen de confidencialidad y los documentos.

Para los talleres de fábrica y las zonas de investigación y desarrollo de carácter especial, se puede colocar señalización de acceso restringido, así como establecer puestos de control, personal de vigilancia, sistemas de videovigilancia electrónica y sistemas de registro de personal, para controlar y vigilar el flujo de personas de entrada y salida, y adoptar además medidas dirigidas al personal que accede a dichas zonas como la prohibición de retirar cualquier documento, material y herramienta del recinto.

Por su parte, los documentos, materiales, artículos y correos que contienen información confidencial deben ser claramente identificados como secretos comerciales; incluso se debe implementar un sistema de clasificación por niveles de la identificación y establecer un sistema de registro correspondiente. Todos los documentos confidenciales deben ser depositados en lugares y sistemas de almacenamiento de archivos especialmente habilitados para tal fin, quedar bajo la custodia de personal especialmente designado, y su consulta y reproducción estarán sujetas a restricciones.

En cuanto a los sistemas informáticos que contienen información confidencial, igualmente se pueden configurar instalaciones y lugares de protección de confidencialidad especiales, restringir su acceso a Internet y otras redes públicas, prohibir la conexión de dispositivos de almacenamiento, entre otras medidas.

La celebración de acuerdos de confidencialidad detallados y completos o la incorporación de cláusulas de confidencialidad exhaustivas en los contratos comerciales correspondientes constituye la medida legal más importante que las empresas deben adoptar para proteger los secretos comerciales. Los acuerdos correspondientes pueden determinar en primer lugar el alcance específico de la información confidencial y su carácter confidencial, de modo que, al obtener la protección de los derechos de crédito, obtengan al mismo tiempo el reconocimiento y la protección garantizados en el ámbito del derecho público.

Las cláusulas contractuales claras y válidas también pueden delimitar con mayor claridad las responsabilidades de la parte obligada, estipulando la modalidad de confidencialidad específica, el plazo de confidencialidad y la responsabilidad por incumplimiento contractual. La celebración de dichos acuerdos de confidencialidad por escrito puede garantizar mejor la validez del contrato, y también puede servir como prueba directa de que se han adoptado medidas razonables para proteger los secretos comerciales en caso de surgimiento de controversias.

También se puede considerar la firma de este tipo de acuerdos de confidencialidad con los terceros contactados lo antes posible, por ejemplo, al inicio de las negociaciones comerciales correspondientes, para garantizar que el alcance de la protección de los secretos comerciales sea lo más amplio posible, y que la otra parte asuma directamente la obligación de confidencialidad respecto a los secretos comerciales a los que haya tenido acceso durante el período de negociaciones. Por otra parte, la información confidencial de la otra parte a la que se tenga acceso debe ser custodiada estrictamente de conformidad con el acuerdo de confidencialidad celebrado. Una vez finalizadas o terminadas las cooperaciones o negociaciones correspondientes, los materiales confidenciales relacionados deben devolverse al titular de los derechos o destruirse sin dejar ninguna copia duplicada, a fin de evitar riesgos legales potenciales.

Además de suscribir acuerdos de confidencialidad con terceros, las empresas también deben firmar este tipo de acuerdos con los empleados en el momento de su incorporación, estipulando las obligaciones de confidencialidad que los empleados deben asumir frente a la entidad empleadora durante el periodo de prestación de servicios laborales, en especial para el personal con acceso frecuente a información confidencial de la empresa, es decir, el personal involucrado en asuntos confidenciales como los directivos de alto nivel, el personal de investigación y desarrollo de alto rango, el personal técnico clave, el personal de contabilidad y finanzas y demás personal central de la empresa.

Por otra parte, las empresas deben comunicar expresamente a los empleados las normas y requisitos detallados de confidencialidad a través de los estatutos sociales, los reglamentos internos, el sistema de cumplimiento normativo, las capacitaciones, las cláusulas de confidencialidad contenidas en asuntos comerciales concretos, entre otros medios, y garantizar que los reglamentos internos correspondientes cuenten con una supervisión y ejecución efectivas en el trabajo diario.

Cuando los empleados se desvinculen de la empresa, se les debe exigir expresamente que registren, devuelvan, eliminen y destruyan todos los secretos comerciales y sus soportes, y que sigan asumiendo la obligación de confidencialidad.

En cuanto al personal clave de nueva incorporación, también se debe realizar la verificación previa a la incorporación correspondiente, para garantizar que dichos empleados no incumplan ningún contrato de restricción de competencia, acuerdo de confidencialidad ni ninguna otra obligación de confidencialidad, recordarles los posibles secretos comerciales de sus empleadores anteriores, e informarles expresamente que no pueden utilizar ni divulgar la información y los materiales correspondientes en su trabajo futuro. Todas estas medidas garantizarán que la empresa no incurra en el supuesto de «obtener, divulgar, utilizar o permitir que terceros utilicen el secreto comercial a sabiendas o debiendo saber que el ex empleado en cuestión está cometiendo una infracción del secreto comercial».

Por último, es también un eslabón importante elevar la conciencia de confidencialidad de los empleados en activo y fortalecer las capacitaciones correspondientes y la divulgación de conocimientos jurídicos en el trabajo diario, para recordar constantemente a los empleados la importancia de los secretos comerciales para el funcionamiento de la empresa y resaltar las graves consecuencias jurídicas que puede ocasionar el incumplimiento de las obligaciones relativas a los secretos comerciales.